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¿Qué gastos de mantenimiento corresponden al inquilino?

¿Qué gastos de mantenimiento corresponden al inquilino?
De conformidad con lo preparado en el art. 21.4 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, el arrendatario de una casa debe hacerse cargo de las pequeñas reparaciones urgentes de coste económico que requiera la utilización ordinario del inmueble.

Todo inmueble necesita un cuidado regular por el hecho de que todo se gasta. El arrendatario, siendo el que vive en el hosting, que es su dueño, es quien se encarga de los costos ordinarios y regulares que deba realizar para continuar gozando del inmueble en exactamente el mismo estado y en exactamente las mismas condiciones.

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Gastos asumidos por el arrendatario

El arrendatario (inquilino) va a deber hacerse cargo de los costos de servicios y abastecimientos medibles con contadores particulares: luz, agua, gas, teléfono… Asimismo se aconseja de forma encarecida, más allá de que no es obligación, salvo pacto expreso en el contrato de alquiler, que el arrendatario contrate un seguro para inquilinos, que cubra los daños que logren generarse bajo su compromiso, en tal caso dicho seguro asimismo correría al cargo del arrendatario.

Pequeñas reparaciones a cargo del inquilino

Además, es importante destacar que el inquilino es responsable de las «pequeñas reparaciones 150 euros» o menos que surjan del desgaste por el uso diario del inmueble. Esto incluye arreglos menores como el cambio de bombillas, ajuste de bisagras o reparaciones en mecanismos de cierre de puertas y ventanas, siempre que no excedan dicho importe.

Otros que tmbién pensamos que te pueden llegar a encajar...

Tratándose de costos de alquiler de casas, aquí es donde brotan la mayor parte de los malentendidos entre dueños e inquilinos.

Qué costos paga el dueño

  • Impuesto de Recursos Inmuebles (IBI)
  • Red social de vecinos
  • Tasa basura
  • Seguros para la vivienda
  • Seguro de cuidado de caldera u otras instalaciones.
  • Registro de suministro de agua, luz y gas.
  • Daños en electrodomésticos e instalaciones superiores a 150 euros.
  • Defectos y reparaciones urgentes firmes en arreglar, actualizar o reemplazar alguno de los elementos que tienen dentro la vivienda.
  • La renta por mes pactada en el contrato.
  • Los costos de suministro de agua, luz, gas, teléfono o internet.
  • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)
  • Daños sufridos a lo largo del alquiler del apartamento, como ventanas o persianas.
  • Costos de empleo periodico inferiores a 150 euros
  • Demandas sobre formas de proceder inadecuadas como sonoridad o descortesía.

A tener en cuenta

Es crucial que ambos, arrendador y arrendatario, tengan una comunicación clara sobre quién se hará cargo de las reparaciones menores y de las «pequeñas reparaciones 150 euros», así como de los gastos que excedan esta cantidad. Un buen entendimiento de las responsabilidades puede prevenir malentendidos y conflictos futuros, asegurando una relación armoniosa entre las partes y el buen mantenimiento de la propiedad.